Santo Domingo, R.D.– El presidente Luis Abinader emitió este viernes el Decreto 330-26, mediante el cual modifica el artículo 21 del Reglamento de Licencias de Conducir, con el propósito de actualizar los períodos de vigencia de las licencias y fortalecer la seguridad vial en el país.
La nueva disposición permitirá que las personas mayores de 65 años puedan renovar sus licencias por períodos superiores a los dos años establecidos anteriormente, dependiendo de la categoría y edad del conductor.
El decreto, sustentado en la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, establece que las licencias correspondientes a las categorías 01, 02 y 05 tendrán una vigencia de cuatro años hasta que el titular cumpla los 75 años. Luego de esa edad, deberán renovarse cada dos años.
En el caso de las categorías 03 y 04, las licencias tendrán una vigencia de tres años hasta los 75 años, y posteriormente deberán renovarse anualmente.
La normativa también contempla que el período de vigencia podrá ser reducido si durante la evaluación médica o psicológica se detecta alguna condición de salud que pueda afectar la capacidad de conducción segura.
Asimismo, el decreto mantiene las evaluaciones periódicas contempladas en el Reglamento de Licencias de Conducir, con el objetivo de verificar que los conductores mantengan las condiciones físicas y mentales necesarias para manejar vehículos de motor.
La disposición establece además que ningún conductor podrá transitar con una licencia vencida y advierte que, en caso de incumplimiento, las autoridades remitirán los casos al Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), conforme a lo dispuesto en la Ley 63-17.
Finalmente, el decreto instruye al Intrant a implementar las medidas administrativas necesarias para aplicar correctamente las nuevas disposiciones.




