Santo Domingo, R.D. – La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) emitió este lunes el Reglamento Núm. DGCP-SNCP-02-2026 del Procedimiento Administrativo Sancionador, en el marco de la implementación de la Ley 47-25, con el objetivo de fortalecer la transparencia y garantizar el correcto ejercicio de su potestad sancionadora.
El nuevo reglamento establece una clara separación de funciones dentro del proceso sancionador, asegurando la objetividad en la investigación y decisión de las infracciones cometidas por proveedores del Estado, así como el respeto al debido proceso, la legalidad y la seguridad jurídica.
El director general de la DGCP, Carlos Pimentel, destacó que esta normativa permitirá contar con criterios más objetivos y transparentes en cada etapa del procedimiento.
“Con su entrada en vigor, se consolida un marco procedimental uniforme que contribuye a una gestión pública más predecible, eficiente y alineada con el Estado de derecho”, afirmó.
Principales disposiciones
El reglamento define las competencias del órgano rector, las etapas del procedimiento y los derechos de defensa de los proveedores, estableciendo una división clara entre las funciones de instrucción y sanción.
Asimismo, regula la ejecución de sanciones, su registro en el Registro de Proveedores del Estado (RPE) y los efectos jurídicos de la inhabilitación, incluyendo los mecanismos para la recuperación del estatus una vez cumplida la sanción.
La normativa contempla escalas de inhabilitación que van desde 1 hasta 10 años, dependiendo de la gravedad de la falta, tomando en cuenta factores como la intención (dolo o culpa), el beneficio económico obtenido y el impacto en los servicios públicos.
También introduce procedimientos simplificados para aquellos proveedores que admitan su responsabilidad y propongan la reparación del daño.
Alcance y aplicación
En casos de consorcios, la inhabilitación de uno de sus miembros afectará de manera solidaria a todos los integrantes. Además, la sanción podrá extenderse a empresas vinculadas si se comprueba fraude o simulación para evadir responsabilidades.
El reglamento entrará en vigor 30 días hábiles después de su publicación oficial. Los ciudadanos pueden consultar el documento completo en el portal institucional de la DGCP.
Esta normativa forma parte de un conjunto de seis reglamentos especiales que serán implementados para fortalecer la eficiencia, transparencia y coherencia en los procesos de contratación pública en el país.




