Juez autoriza embargo conservatorio por 10 millones en favor del Estado en contra de una imputada en caso AntiPulpo

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Santo Domingo, RD.- El juez del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, Deiby Peguero, impuso un embargo conservatorio de diez millones de pesos (RD$10,000,000.00) en favor del Estado dominicano y envió a juicio de fondo a una de las imputadas en el caso AntiPulpo.

Por primera vez un tribunal otorga en favor del Estado dominicano, en un caso de corrupción, una medida cautelar de coerción real. El dictamen se adopta para resguardar los intereses civiles: el embargo conservatorio de todos los bienes por 10 millones de pesos.

En este caso corresponden a la acusada Milagros Isabel Torres Castellanos, socia de la entidad EDITORAMA SRL que también forma parte del proceso. Torres por una condición de salud se le conoció su proceso separado de los demás acusados en el caso. El caso Antipulpo se le sigue a Juan Alexis Medina Sánchez y otras 25 personas físicas y 21 compañías. Se les acusa de formar una red que estafó al Estado con miles de millones de pesos.

El magistrado acogió la acusación formulada por la Procuraduría Especializada en Persecución de la Corrupción Administrativa  (PEPCA) y la constitución en actor civil del Estado. Es representado en audiencia por los abogados Jorge Antonino López Hilario, Jorge Luis Polanco, Claudia Álvarez Troncoso. Además José Luís Almanzar, miembros del Equipo de Recuperación de Patrimoio Público (ERPP).

“Siendo la primera vez que observamos este tipo de medidas en casos penales de corrupción,  entendemos que esto constituye un paso firme de avance. La acción muestra un hecho importante también para la intervención del Equipo de Recuperación de Patrimonio Público. Con la disposición no solo se persigue la condena penal, sino la reparación de daños y perjuicios sufridos por el Estado dominicano”, dijo Jorge López.

Isabel Torres Castellanos, socia de la entidad EDITORAMA,  es acusada por lavado de activos. Además de asociación de malhechores y otros ilícitos penales por el Ministerio Público y por el Estado dominicano.

El juez de la instrucción admitió los elementos de pruebas aportados por el Ministerio Público y el Estado dominicano; además las pruebas de la defensa. En estos solo se excluyó el testimonio del coacusado Juan Alexis Medina Sánchez, por el derecho a no auto incriminarse.

De igual manera, admitió de forma total la calificación jurídica sostenida por el Ministerio Público. En su pliego acusatorio a la cual se adhirió el Estado dominicano constituido en actor civil.